Planeamiento fiscal preventivo, determinación de impuestos mensuales y anuales (Régimen MYPE Tributario, Régimen General) y defensa técnica inmediata ante fiscalizaciones de SUNAT, esquelas y ejecuciones coactivas. Respaldado conjuntamente por 2 Contadores Colegiados y 1 Abogado especialista en tributación.
SUNAT ha intensificado sus cruces de información digital mediante el SIRE y la facturación electrónica. Nuestro equipo interviene con precisión técnica:
Atención a inconsistencias por cruces de compras y ventas, retenciones no declaradas o gastos de proveedores no habidos. Formulamos el escrito formal fundamentado en la ley tributaria.
Armado de carpetas de fehaciencia de operaciones: contratos, guías de remisión, bancarización y sustento probatorio ante auditores de la Intendencia Regional Arequipa.
Estructuración legal de tus gastos operativos para deducir legítimamente el Impuesto a la Renta de 3ra categoría. Evita pagar de más sin caer en contingencias.
Gestión documentada para la devolución de pagos en exceso o indebidos, retenciones, percepciones acumuladas y saldo a favor del exportador.
Acogimiento al Art. 36 del Código Tributario para refinanciar deudas tributarias en cuotas cómodas, evitando embargos de cuentas bancarias y cobranza coactiva.
Auditamos tus últimos 12 a 24 meses contables para detectar inconsistencias antes de que SUNAT emita una notificación, subsanando voluntariamente con gradualidad de rebajas.
Un proceso metódico para blindar a tu negocio ante cualquier requerimiento o esquela de SUNAT:
Analizamos la esquela o notificación oficial, el tipo de inconsistencia detectada y la fecha límite legal para evitar multas por atraso.
Revisamos la bancarización de compras, comprobantes electrónicos XML, guías de remisión y cuentas de detracciones para desvirtuar reparos.
Redactamos el informe legal-contable fundamentado en jurisprudencia del Tribunal Fiscal e ingresamos el descargo formal vía Mesa de Partes Virtual.
Damos seguimiento riguroso al expediente hasta obtener el archivamiento definitivo de la esquela con S/ 0 en reparos o la menor contingencia legal.
Respuestas técnicas directas formuladas para empresarios y contribuyentes en Arequipa:
El plazo habitual es de 5 a 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación en el Buzón Electrónico SOL. Si no se responde a tiempo, la SUNAT puede imponer una multa por no exhibir documentación y trasladar el caso a una fiscalización definitiva.
Generalmente ocurre por cruces automáticos de terceros: compras a proveedores considerados "no habidos", discrepancias con el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) en tus cuentas bancarias, o diferencias entre los ingresos reportados en tus comprobantes electrónicos y las declaraciones de IGV/Renta.
Sí. Mediante el Régimen de Gradualidad de Sanciones de la SUNAT, si se subsana la omisión de manera voluntaria antes de que surta efecto la notificación formal de la multa, es factible acceder a rebajas de hasta el 95% o 100% de la sanción económica.
Puede agendar una cita directamente por WhatsApp al 994 212 471 o visitarnos en nuestra oficina de Siglo XX 110-C Cercado - Oficina 309 (Tercer Piso), Arequipa. Traiga consigo su usuario secundario de Clave SOL o la notificación recibida.
No dejes vencer los plazos. Evaluamos tu contingencia tributaria sin costo inicial y te brindamos una hoja de ruta clara.