Optimización y Acogimiento a la Tasa Reducida del 10% de IGV (Ley N.° 32387)
El Reto
Un negocio gastronómico en Arequipa operaba bajo el Régimen General facturando con la tasa estándar del 18% de IGV, desconociendo que cumplía con todos los requisitos legales para acogerse a la tasa especial reducida para MYPEs del rubro.
Estrategia Figueroa
Auditamos sus ingresos anuales (hasta 1,700 UIT), verificamos que más del 70% proviniera de la actividad gastronómica y reconfiguramos de inmediato sus sistemas de facturación electrónica y registros en el SIRE para aplicar la tasa reducida especial.
Resultado Final
El negocio redujo de manera directa y legal su carga tributaria mensual, generando mayor liquidez inmediata en su capital de trabajo para reinvertir en la expansión del local sin contingencias.